El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado domingo 29 de marzo en una reunión extraordinaria la paralización de la actividad económica no esencial desde el lunes 30 de marzo hasta el 9 de abril como medida para frenar la curva de contagios del coronavirus. El decreto ley permite que este lunes los empleados de algunas compañías acudan a los puestos de trabajo para aquellas actuaciones necesarias para suspender la actividad.
El decreto ley regula un permiso retribuido recuperable. Es decir, que las empresas mantendrán las retribuciones íntegras, esto es, salario base y complementos, por las horas que los empleados recuperarán desde que se levante el estado de alarma hasta el próximo 31 de diciembre. Además, especifica 25 actividades esenciales por cuenta ajena que no están incluidas en este permiso, y que, por tanto, deberán continuar prestándose. También prevé que se continúe el teletrabajo en el caso de los empleados que ya estaban llevándolo a cabo. Las empresas, por su parte, podrán seguir acogiéndose a Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).